El reglamento no prohíbe tecnología, regula el uso. Distingue cuatro niveles: prácticas prohibidas, sistemas de alto riesgo, sistemas con obligaciones de transparencia y todo lo demás. Las obligaciones que te tocan dependen del nivel en el que estés y de si tratas con el sistema como proveedor o como responsable del despliegue.
El calendario cambió en el verano de 2026. El Reglamento (UE) 2026/1744 modificó el texto original en 43 puntos: aplazó las reglas de los sistemas de alto riesgo al 2 de diciembre de 2027, pero no las obligaciones de transparencia, que se aplican desde el 2 de agosto de 2026. Y a partir del 2 de diciembre de 2026 entran en vigor dos prácticas prohibidas nuevas.
El error más habitual es creer que una pyme queda exenta. No queda: no hay umbral por tamaño de empresa. Lo que sí hay es documentación simplificada y un techo de multa que en una pyme es el importe menor de los dos, no el mayor. Qué organismo lo vigila cambia de un Estado miembro a otro, y en la mayoría no es la autoridad de protección de datos: busca el tuyo en la lista consolidada de autoridades nacionales designadas de la Comisión.
Qué significa todo esto hoy para una empresa pequeña lo detalla fecha a fecha el Reglamento de IA hoy, un artículo aparte. Los conceptos directamente relacionados: GPAI, deepfake y AI literacy.